Calculadora de plazo
¿Cuántos días te quedan para reclamar?
Si te accidentaste por un hueco, tienes 2 años para demandar al Estado, contados desde el día siguiente al accidente. Pon la fecha y te lo digo al instante.
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Cuando veas tu número, compártelo con quien te acompañó ese día. Y si ya pasó el plazo, escríbeme igual: revisamos si hay excepción.— Gloria
Calculadora de plazo · accidentes en la vía
Pon la fecha y te digo cuántos días te quedan. Tienes 2 años, contados desde el día siguiente al accidente.
Cálculo orientativo para demandas contra el Estado por accidentes en la vía (art. 164 CPACA). Si el último día cae en fin de semana o festivo, normalmente se corre al siguiente día hábil. Un abogado del equipo confirma la fecha exacta de tu caso.
Cómo se cuenta
El plazo, explicado fácil
Lo que dice la ley
«La demanda de reparación directa deberá presentarse dentro del término de dos (2) años, contados a partir del día siguiente al de la ocurrencia de la acción u omisión causante del daño.»
CPACA, art. 164, num. 2, lit. i
Lo que significa para ti
Si te accidentaste el 10 de marzo de 2024, el plazo empieza a correr el 11 de marzo de 2024 y el último día es el 11 de marzo de 2026. Si ese día cae en fin de semana o festivo, normalmente se corre al siguiente día hábil.
— Gloria
Es estricto
Los jueces aplican este plazo al pie de la letra. Un día tarde puede cerrar el caso.
Las pruebas tardan
Pedir historia clínica, informes y copias toma semanas. Por eso conviene empezar ya.
Solo es una guía
La calculadora orienta. Un abogado del equipo confirma la fecha exacta de tu caso.

¿Ya viste tu número? Escríbeme y en segundos te digo qué hacer con el tiempo que te queda. — Gloria
Palabras de abogado, traducidas
Glosario sin enredos
- Reparación directa
- = la demanda para que el Estado te pague un daño que te causó.
- Caducidad
- = el plazo para demandar. Si pasa, ya no se puede.
- Daño moral
- = el dolor y la angustia que te dejó lo que pasó. También se paga.
- Daño emergente
- = la plata que tuviste que gastar por el accidente: médicos, arreglos, transporte.
- Lucro cesante
- = lo que dejaste de ganar porque no pudiste trabajar.
- Entidad
- = la oficina del Estado que cuida la vía: INVÍAS, la gobernación o la alcaldía.

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